Guía sobre la Nueva Tarifa para Solicitudes de Asilo (Formulario I-589)
Recientemente, ha circulado información sobre un nuevo requisito de pago para los solicitantes de asilo en Estados Unidos. Entendemos que cualquier cambio, especialmente uno que involucra un pago, genera dudas importantes y puede ser una fuente de estrés.
Nuestra misión es brindarte información precisa y directa para que puedas navegar tu proceso con seguridad. En este artículo, desglosamos todo lo que necesitas saber sobre esta nueva tarifa, a quién le aplica y cuáles son los pasos a seguir.
¿En qué consiste exactamente la nueva tarifa?
Se ha establecido una tarifa de $100 asociada al Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción. Este pago aplica tanto a solicitudes nuevas como a casos que ya se encuentran pendientes, pero únicamente bajo ciertas fechas específicas.
La Pregunta Clave: ¿Me aplica a mí este nuevo pago?
Para saber si este requisito te afecta, es fundamental que identifiques la fecha en que tu solicitud fue presentada o será presentada. A continuación, te lo explicamos de forma sencilla:
1. Casos Presentados ANTES del 1 de octubre de 2024
Si tu solicitud de asilo fue presentada antes de esta fecha, la nueva tarifa NO TE APLICA. Puedes tener la tranquilidad de que no se te exigirá este pago por esa solicitud.
2. Casos Pendientes Presentados DESPUÉS del 1 de octubre de 2024
Si presentaste tu solicitud después de esta fecha y tu caso sigue en proceso, sí te corresponde pagar esta tarifa. El pago será de carácter anual mientras el caso esté pendiente. El primer pago deberás realizarlo un año después de la fecha en que presentaste tu solicitud de asilo.
3. Nuevas Solicitudes a Partir del 22 de julio de 2025
Para toda persona que presente su solicitud de asilo por primera vez a partir de esta fecha, el procedimiento es el siguiente:
Pago Inicial: Deberás pagar la tarifa de $100 al momento de presentar la solicitud.
Pago Anual: Posteriormente, deberás pagar la tarifa cada año que el caso continúe pendiente, comenzando al cumplirse el primer aniversario de tu fecha de solicitud.
¿Cómo y Cuándo Realizar el Pago? La Notificación Oficial es la Clave
Este es el punto más importante para evitar confusiones y posibles estafas. No debes realizar ningún pago hasta que recibas una comunicación oficial.
Tanto USCIS como la Corte de Inmigración (EOIR) enviarán una notificación oficial e individual a cada solicitante que deba realizar el pago. Dicha notificación te indicará de forma clara:
El monto exacto a pagar.
La fecha límite para realizar el pago.
Las instrucciones precisas sobre cómo y dónde efectuarlo.
El método de pago dependerá de la jurisdicción de tu caso:
Casos en USCIS: Deberás seguir las instrucciones que recibas en tu notificación oficial.
Casos en Corte de Inmigración (EOIR): El pago se podrá procesar a través del portal oficial epay.eoir.justice.gov.
Conclusión: La Información es tu Mejor Herramienta
Entender estos cambios es el primer paso para mantener el control sobre tu proceso. La regla más importante es esperar la notificación oficial antes de actuar.
Nuestro compromiso es ser tu fuente de información confiable. Si bien no ofrecemos asesoría legal para casos de asilo, entendemos la importancia crítica de que cada formulario y cada paso en tu proceso migratorio se maneje con la máxima precisión. Un error puede causar retrasos innecesarios y nosotros estamos aquí para ayudarte a evitarlos en los procesos que manejamos.
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